San Raymundo Jalpan, Oax. 9 de abril de 2021.- La LXIV Legislatura del Estado robusteció distintas legislaciones con el objetivo de garantizar ahorros ante diversos trámites y servicios gubernamentales para la población.
De esta manera, al reformar el Artículo 153 de la Ley Estatal de Transporte el Congreso local convirtió a Oaxaca en la quinta entidad federativa, en todo el país, en expedir licencias permanentes, generando así ahorros considerables para la población.
En el rubro de movilidad, esta Soberanía también legalizó la validez del uso de las licencias digitales, con el objetivo de agilizar y simplificar los trámites que realiza la Secretaría de Movilidad (SEMOVI).
Mediante modificaciones a los artículos 170 y 171 de la Ley de Movilidad estatal, quedó establecido que toda persona que conduzca un vehículo motorizado, en cualquiera de sus modalidades, incluyendo a los motociclistas, podrán contar y portar en un dispositivo la licencia digital o bien la versión impresa.
Una carga monetaria enorme para los y las oaxaqueñas, y que el Parlamento estatal logró combatir, fue el requerimiento obligatorio de las actas del registro civil actualizadas al momento de realizar trámites ante alguna dependencia gubernamental.
En este sentido, está representación popular adicionó el Artículo 66 Bis al Código Civil local, para instituir que, no hay razón jurídica ni debe existir condicionante o imposición de un determinado plazo o vigencia del acta de nacimiento.
Ahora esta documentación y sus copias certificadas que expide el Registro Civil, que se encuentren en buen estado, sin tachaduras, borraduras, enmiendas y legibles, no están sujetas a plazos de caducidad y los datos asentados en ellas se presumirán actualizados.
De esta forma, el Gobierno del Estado quedó obligado a modificar sus políticas públicas, planes, programas y proyectos con un enfoque que beneficie la economía de la ciudadanía oaxaqueña.